Respuesta - Resolución normativa - RN No. 518, del 29 de abril de 2022
El 29 de abril de 2022, se emitió la Resolución Normativa No. 518 de la ANS, lo que establece la adopción de prácticas mínimas de gobernanza, con énfasis en controles internos y gestión de riesgos, para fines de solvencia de la atención médica de los operadores del plan. < /P>
Las prácticas y estructuras de gobierno a adoptar por los operadores deben considerar los principios de transparencia, equidad, responsabilidad y responsabilidad corporativa.
Prácticas que deben ser claras y formalizadas objetivamente en estatutos o contratos sociales, regimientos o regulaciones internas presentadas a la revisión y aprobación de las instancias máximas de toma de decisiones de los operadores, y ampliamente reveladas a las partes interesadas.
Con respecto a la implementación de sistemas de control interno centrados en sus actividades y sus sistemas de información financiera, operativa y gerencial, deben garantizar la confiabilidad de la información, los datos y los informes producidos por el operador, buscar un uso eficiente de recursos, efectivamente en su ejecución y cumplir con la legislación y las reglas internas aplicables al operador.
Las descripciones de los controles internos deben ser accesibles para los empleados de todos los operadores y comprender las acciones continuas relacionadas con sus actividades, operaciones y niveles jerárquicos, proporcionando al menos (i) definición de los objetivos de los controles y responsabilidades en el operador, tener medios medios de identificación y evaluación de riesgos que puede amenazar su efectividad, además de los canales de comunicación que garantizan el acceso a los empleados a la información relevante para realizar sus tareas, seguridad y reconciliación para los sistemas de información y los planes o planes de contingencia, cuando sea necesario.
Dichos controles deben estar sujetos a una evaluación periódica, al menos anual, especialmente aquellos que se ocupan de procesos relacionados con información que se detalla en los estados financieros de los operadores.
La gestión de riesgos en los operadores debe estar destinada a estandarizar el conocimiento entre los gerentes, realizar una toma de decisiones que puede dar tratamiento y monitoreo del riesgo, y promover la garantía de cumplimiento de la misión, continuidad y sostenibilidad del operador alineada a sus objetivos.
Estas prácticas de gestión de riesgos deben ser apropiadas para la estructura del operador y los controles internos, para permitir la mejora y el monitoreo continuos.
Esta resolución reemplazó/revoca RN No. 443, del 25 de enero de 2019, que es efectivo el 1 de junio de 2022.